Ud está aquí:
  1. Portada
  2. Dudas
  3. ¿Qué significa...?

¿Qué significa...?

La tramitación de las ayudas de apoyo educativo es algo diferente, así que es mejor que lo consultes en sus páginas

Alegaciones

Subir

Las alegaciones son los argumentos con los que justificas que no estás de acuerdo con la resolución de la beca por algún error en tus datos o en el procedimiento. Cada vez que te enviemos una notificación, te indicaremos en ella la forma y el plazo para presentar alegaciones, si no estás de acuerdo con dicha notificación. Por eso es muy importante que leas muy detenidamente las notificaciones.

Convocatoria

Subir

Es el documento que establece las normas legales que regulan el proceso. Informa de los requisitos, las cuantías y el procedimiento.

Cuantía: fija y variable

Subir

La beca general se compone de dos cantidades: fija y variable. Tienes que cumplir una serie de requisitos para tener derecho a una o a las dos.

Decreto de umbrales

Subir

Es la norma que fija cuáles son los límites de renta familiar y las cuantías que tendremos en cuenta para conceder las becas. En la convocatoria se vuelve a recoger esta misma información, junto con los demás requisitos y normas que te interesan.

Notificación

Subir

Es un texto oficial por el que te comunicaremos cuestiones importantes relacionadas con tu solicitud (petición de documentos o la resolución provisional, y en el caso de la ayuda de apoyo educativo, también la resolución definitiva). Por correo electrónico te avisaremos de que tienes una notificación en la sede electrónica, pero de todas formas es muy conveniente que entres en ella periódicamente.

Aviso

Las notificaciones son muy importantes.Salto de línea Te recomendamos que las consultes una vez por semana, como mínimo, hasta que tu beca esté resuelta: en ellas te informaremos sobre todo lo referente a la tramitación de tu beca.Salto de línea Si no lo haces, corres el riesgo de que se te pasen los plazos para entregar algún documento más que te pidamos o para ejercer tus derechos de reclamación.Salto de línea

Para consultar mis notificaciones

Tienes que acceder a la sede electrónica y escoger esa opción. Puedes acceder en todo momento a todas las notificaciones y descargarlas. Verás cuatro apartados.

Check

NOTIFICACIONES NUEVAS

Son las que aún no has consultado. Te recomendamos que las leas en primer lugar y entres con frecuencia en este apartado.

Check

NOTIFICACIONES VISTAS

Las que has visto o descargado en otro momento. Al día siguiente de acceder a ellas empieza a contar el plazo que se especifique en la notificación para presentar documentos o alegaciones.

Check

NOTIFICACIONES CADUCADAS

Son aquellas que llevan más de diez días naturales en tu buzón, pero no las has visto o descargado. En el momento en que pasan a notificaciones caducadas (es decir, después de esos diez días), se consideran legalmente como comunicadas y empieza a contar el plazo especificado en la notificación para presentar documentos o alegaciones. Es importante que revises este apartado, ya que el contenido de estas comunicaciones sigue siendo válido, y puede que aún no se te haya pasado el plazo para reclamar o presentar documentos, si es que tienes que hacerlo.

Check

NOTIFICACIONES RECHAZADAS

Son las que has rechazado. En el momento del rechazo, se consideran legalmente como comunicadas.

¿Qué ocurre si no he leído alguna «notificación»?

Si no lees la notificación, corres el riesgo de que se te pasen algunos plazos importantes para los siguientes casos:

Check

PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN QUE TE SOLICITEMOS

Tendrás 10 días hábiles (sin contar sábados, domingos y festivos) a partir del día siguiente a la fecha en que has leído o descargado la notificación. Es decir, si ves la información pasados esos días, ya no podrás presentarla.

Check

PRESENTAR ALEGACIONES

Si en la notificación te dan la opción de alegar, tendrás el plazo indicado en dicha notificación para presentar alegaciones. Es decir, si ves la información cuando haya pasado el plazo, ya no podrás presentar alegaciones.

En todo caso, en la notificación que recibas se te indicará el plazo.

Lee atentamente las indicaciones que se te darán para alegar.

Por ello, te recomendamos que tengas en cuenta esos plazos y consultes tus «notificaciones» con frecuencia hasta que el trámite de tu beca esté resuelto.Salto de línea Consulta, incluso, el apartado «caducadas».

Recurso de reposición

Subir

Es una solicitud que se dirige a un órgano administrativo para reclamar una cuestión con la que no estás de acuerdo. En este caso, si no estás de acuerdo con la resolución definitiva de la beca, tienes derecho a presentar un recurso de reposición. El plazo es de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la resolución definitiva.

Sede electrónica

Subir

Es la plataforma digital en la que discurre todo el proceso de la beca: rellenar el formulario, presentar la solicitud, recibir las notificaciones.

Solicitud

Subir

Es el formulario que rellenas con todos tus datos para después presentarlo.

Tramitación

Subir

Es todo el proceso desde que se presenta la beca, pasando por su valoración o estudio, hasta que se resuelve.Salto de línea Cuando hayas rellenado el formulario, el proceso de solicitud de beca puede pasar por varios estados:

Uno

Borrador

Dos

Presentada

Tres

En trámite en la Unidad de Becas

Cuatro

Pendiente de documentación solicitada

Cinco

En trámite en el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes

Seis

Resuelta

La resolución definitiva:

  • En la ayuda de apoyo educativo, se te notificará de forma individual.
  • En la beca general, no te la notificaremos de forma individual ni aparecerá en la sede electrónica: publicaremos un listado definitivo en nuestra página web. En el listado, aparecerán solo los alumnos a los que les hemos concedido beca y la cuantía que les corresponde. Es decir, si no apareces en la lista, significa que hemos denegado tu solicitud de beca por los mismos motivos que te explicamos en la resolución provisional.

Estados de tramitación de la beca

Uno

BORRADOR

Significa que has rellenado el formulario, pero que no ha quedado presentada la solicitud de beca. Esto ha podido suceder porque:

  • no has terminado de rellenar el formulario;
  • se te ha olvidado pinchar en el botón «Presentar»;
  • has pinchado en el botón «Presentar», pero ha aparecido un mensaje de error (por ejemplo, porque los datos no son correctos).
Aviso

Ten en cuenta que en este estado la beca no está presentada y no podremos tramitarla.

Dos

PRESENTADA

Significa que has presentado la solicitud de forma correcta y la tramitaremos.

  • Es importante que imprimas o te descargues el justificante de presentación de la beca (es un PDF) por si tienes que mostrarlo más adelante. Además, en dicho justificante aparecen los datos más importantes de tu solicitud: correo electrónico, teléfono de contacto, miembros de la unidad familiar, etc. y la dirección y datos de contacto de tu Unidad de Becas.
  • Además, te recomendamos que vuelvas a la página principal de la sede electrónica, entres en Mis expedientes y compruebes que el estado de la solicitud es «Presentado»: así te aseguras de que tu solicitud de beca está presentada de forma correcta.
  • Para que no queden dudas, comprueba que has presentado la solicitud en la convocatoria correcta.
Tres

EN TRÁMITE EN LA UNIDAD DE BECAS

Tu solicitud está en trámite en la Unidad de Becas que te corresponde, donde revisarán y completarán la información y comprobarán si cumples algunos de los requisitos.

Cuatro

PENDIENTE DE DOCUMENTACIÓN SOLICITADA

Significa que hay documentación que tienes que presentar, aunque no es lo más frecuente.

  • Presenta esta documentación siempre en la Unidad de Becas, en el plazo de 10 días hábiles (no se cuentan los sábados, domingos o festivos).
  • Si tienes dudas, ponte en contacto con tu Unidad de Becas.
Cinco

EN TRÁMITE EN EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES

En este estado comprobamos los requisitos económicos (renta, inmuebles, patrimonio, etc.) y qué cuantías te podrían corresponder si cumples con todos los requisitos.

Seis

RESUELTA

Esto significa que tu solicitud se ha podido denegar o conceder. En este caso, te informaremos, además, de en qué fase se encuentra, por ejemplo, si está resuelta con cuantía fija, posteriormente con cuantía variable, abonada en la cuenta corriente, etc. Dependerá de cada caso.

En este momento, tienes que entrar en la sede electrónica y descargarte la notificación: si no estás de acuerdo con la resolución provisional, podrás reclamar presentando alegaciones.

Resolución definitiva

Subir

Esta resolución confirmará la cuantía total de la beca que te hemos concedido. No la notificaremos de forma individual a cada estudiante (salvo en el caso de la ayuda de apoyo educativo, en la que sí se hará) ni aparecerá en la sede electrónica, sino que publicaremos un listado definitivo en nuestra página web.

  • En el listado aparecerán solo los solicitantes a quienes les hemos concedido beca y la cuantía que les corresponde. Es decir, si no apareces en la lista, significa que hemos denegado tu solicitud de beca.
  • Si no estás de acuerdo con la resolución definitiva, puedes reclamar presentando un recurso de reposición o un recurso contencioso-administrativo.

Umbral

Subir

Es el límite máximo de renta familiar establecido para fijar el derecho a beca o a determinados componentes.

Unidad de Becas

Subir

Una vez presentada, la solicitud de beca queda a disposición de una unidad tramitadora (en adelante las llamaremos Unidades de Becas). Estas unidades son:

  • En el caso de estudios no universitarios, órganos provinciales que dependen de la Consejería de Educación de una comunidad autónoma y colaboran con el Ministerio.
  • Para los estudios universitarios, estas unidades son órganos dependientes de la propia universidad.

Las Unidades de Becas comprueban datos personales, de familiares, sobre requisitos generales y aportan datos de tipo académico necesarios para resolver la solicitud. Pueden solicitar documentación en caso de duda.

En una fase posterior, las solicitudes pasan al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, que completa la verificación de los requisitos de tipo económico. Esta información la obtenemos a través de la Administración Tributaria.

La Unidad de Becas está relacionada con el centro educativo donde vas a estudiar.

En el justificante de presentación de tu solicitud aparecen los datos de contacto de tu unidad.

Unidad familiar

Subir

Los tipos de unidad familiar y miembros computables que recoge la convocatoria de becas son varios. Los explicamos a continuación.

Los miembros de la unidad familiar son:

  • el padre y la madre;
  • el tutor o la persona que legalmente tenga la guarda o custodia de un menor de edad;
  • el estudiante que solicita la beca;
  • los hermanos/as solteros menores de 25 años;
  • los hermanos/as mayores de 25 años con discapacidad;
  • los ascendientes de los padres (abuelos/as) que vivan con estos y puedan justificarlo con el certificado municipal.

Los miembros de la unidad familiar tienen que vivir en el mismo domicilio a fecha 31 de diciembre de 2023.

Los miembros de una unidad familiar independiente son:

  • el estudiante que solicita la beca;
  • el cónyuge o pareja de hecho (aunque no esté inscrita en el registro como pareja de hecho);
  • hijos/as que vivan en el mismo domicilio.

Los miembros que cuentan como unidad familiar en caso de divorcio o separación legal de los padres son:

  • Cuando la custodia es compartida, los miembros son:
    • el padre y la madre del estudiante que solicita la beca (en la aplicación hay que poner que están separados, aunque después se hayan casado con otra persona);
    • los hijos/as comunes;
    • los ascendientes del padre o la madre (abuelos) que vivan con estos y puedan justificarlo con el certificado municipal.
  • Cuando la custodia no es compartida, los miembros son:
    • el padre o la madre que viva con el estudiante que solicita la beca;
    • el nuevo cónyuge o la nueva pareja del padre o la madre y que viva con el estudiante que solicita la beca;
    • los hijos/as de ambos que vivan en el mismo domicilio que el estudiante que solicita la beca (tanto hijos comunes como no comunes de la nueva pareja) menores de 25 años o mayores de 25 años con discapacidad.
    • los ascendientes del padre o la madre (abuelos) que vivan con estos y puedan justificarlo con el certificado municipal.

La convocatoria considera también como miembros computables a aquellas personas que a 31 de diciembre de 2023 residan en el domicilio del estudiante que solicita la beca y que:

  • tengan ingresos propios,
  • no sean parientes de los restantes miembros de la unidad familiar, y
  • no se pueda justificar un alquiler de piso compartido.
Aviso

Si tu caso no está recogido entre los anteriores, selecciona el más parecido y explica tu situación en el apartado de «Observaciones», en la última página del formulario.

Subir

Esta web utiliza cookies propias para facilitar la navegación y cookies de terceros para obtener estadísticas de uso y satisfacción.

Puede obtener más información en el apartado "Cookies" de nuestro aviso legal.

AceptarRechazar